Supervivencia IMSS Jubilados y Pensionados
En esta sección presentamos los módulos donde deberá acudir a realizar la Superviviencia, los requistos básicos y los supuestos cuando sea imposible ir.
PREGUNTAS FRECUENTES PENSIONADOS IMSS¿Dónde Deberá Acudir?
Clinicas del IMSS Sur del Distrito Federal Clinicas del IMSSNorte del Distrito Federal Clinicas del IMSSEstado de México
Estos son los requisitos que se solicitan para comprobar la supervivencia:
a) El pensionado debe acudir personalmente al IMSS.
b) Presentar la credencial ADIMSS o la credencial de pensionado IMSS.
Cuando el pensionado no pueda acudir al Módulo de Comprobación de Supervivencia por causas de fuerza mayor, podrá comprobar supervivencia con los siguientes documentos:
Postrado en su domicilio:Nota médica expedida por médico del IMSS con fecha de emisión no mayor a 48 horas.
Internamiento en hospitales: Constancia de internamiento expedida por la oficina de trabajo social, o nota médica expedida por médico del IMSS con fecha de emisión no mayor a 48 horas cuando está internado en hospitales privados.
Recluido:Constancias expedida por el Centro de Readaptación Social con fecha de emisión no mayor a 30 días.
Si se encuentra en el extranjero:"Fe de vida" expedida por el consulado de México en el país donde se encuentra, con fecha de expedición no mayor a 45 días.
¿Cuándo Deberá acudir?
Está suspendido por no comprobar supervivencia o por no acudir a su centro pagador?
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